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REDC 63 (2006) 655-722
EL MATRIMONIO MIXTO EN LA IGLESIA LATINA Y EN LAS IGLESIAS ORIENTALES CATÓLICAS Y ORTODOXAS. ASPECTOS TEOLÓGICOS Y CANÓNICOS
INTRODUCCIÓN La alianza matrimonial, elevada por Jesucristo a la dignidad de sacramento entre bautizados (cf. c. 1055 § 1), siendo algo constitutivo del ser humano, responde por ello mismo a su propia estructura como persona. De ahí que, a la hora de estudiar el matrimonio, si queremos hacer justicia y, a la vez, eludir arbitrariedades o parcialidades, no podamos ni debamos soslayar la realidad antropológica que encierra dicho sacramento que, en sí mismo, como compleja y rica realidad humana de carácter universal anterior al cristianismo, se ha ido configurando de diversos modos a lo largo de la Historia de la Salvación hasta concretarse en el sacramento cristiano que hoy celebramos. Los matrimonios mixtos a los que nos vamos a referir en el presente estudio son aquellos contraídos entre cristianos pertenecientes a la Iglesia Católica latina con miembros de cualesquiera Iglesias del Oriente, bien las que están en plena comunión con Roma, cuales son las Iglesias orientales católicas, regidas por el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium (CCEO), o bien las que se hallan fuera de la plena comunión, cuales son las Iglesias orientales ortodoxas, siendo las eslavófilas las que ya cuentan con un mayor número de fieles frente a las venerables Iglesias de tradición bizantina. Hecha esta matización, consideramos del todo oportuno precisar desde un primer momento, y con el mayor rigor posible, los conceptos que emplearemos a continuación. En primer lugar, calificamos matrimonio mixto al contraído entre dos personas bautizadas, una de las cuales haya sido bautizada en la Iglesia católica o recibida en ella después del bautismo y no se haya apartado de
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