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EL EPISCOPADO EN LA CONSTITUCIÓN -LUMEN GENTIUM»
por MIGUEL NICOLAU, S. I.
Si el capítulo III, dentro de Ia Constitución conciUar De Ecctesia, puede considerarse el capítulo central, el episcopado es Io que alcanza más reUeve dentro de este capítulo III, en el que se estudia Ia estructura jerárquica de Ia Iglesia. Con razón el título del capítulo es De constitutione Merarchica Ecctesiae et in specie de episcopatu (Sobre Ia constitución jerárquica de Ia Iglesia y en particular sobre el episcopado). Es verdad que, al flnal de este capítulo, se trata de los presbíteros (n. 28) y de los diáconos (n. 29); pero todos los otros números (n. 18-27) se refleren a los obispos. Cierto que también se habla del Papa y del Primado del Romano Pontífice en Ia mayoría de los números de este capítulo; pero el punto de vista principal es Ia doctrina sobre el episcopado y sobre los obispos. Por Ia importancia y relieve con que se proclama esta doctrina, así como por Ia densidad y extensión con que se desarrolla, se ve Ia importancia que el Vaticano II Ie atribuye. Se quieren completar con eUo las enseñanzas del Vaticano I, y bien puede decirse con Mons. Pietro Párente en su Rektci6n ante el Concilio ' que aquí está como el corazón del Concilio Vaticano n. Considerando el capítulo en su conjunto, se advierte primeramente el empeño en hacer derivar de una consagración sacramental el oflcio Jerárquico. Y así, antes de hablar en particular de los oficios propios del obispo: enseñar, santificar y gobernar (n. 24-27), y aun antes de hablar de Ia colegiaUdad episcopal (n. 22-23), se hablará del episcopado como
1. Hetoíío super Caput III teitus emendati schematís Canstitutionis De Ecclesia (1964), ReIaUo prior, de nn. 22-27, p. 9.
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