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REDC53(1996)133-155
LAS CERTIFICACIONES ECLESIÁSTICAS EN LA NUEVA DISCIPLINA PACTICIA
Los recientes Acuerdos entre el Estado español y Ia FEDERE, FECI y CIE l han abierto un nuevo ámbito de estudio en el Derecho eclesiástico que permitirá ir perfilando, progresivamente con mayor sutileza, Ia calificación del Estado español en materia religiosa, así como Ia posición jurídica de las Confesiones religiosas ante el Derecho español. En efecto, dentro de los parámetros de los principios constitucionales relativos a Ia cuestión religiosa, siempre queda un margen de decisión política, que puede llegar sino a modificar aquellos, sí por Io menos a darles diferentes planteamientos. De esta forma, gracias al estudio de ciertos temas puntuales, que por su naturaleza están vinculados a las bases de las relaciones Iglesia Estado, podremos obtener posiblemente ciertas consecuencias que, de otro modo, quedarían sumergidas en Ia generalidad del sistema. La trascendencia en el ámbito civil de las certificaciones eclesiásticas2 creo que entra de lleno en este planteamiento. El propósito del presente trabajo es analizar los distintos supuestos en los que se exige Ia certificación eclesiástica en los recientes Acuerdos con Ia FEDERE, FCI y CIE, con Ia intención de dar respuesta a los interrogantes que suscita el tema, respecto del fundamento y naturaleza jurídica de dichas certificaciones, su valor jurídico como medio de prueba o su incidencia respecto del sistema de fuentes del derecho eclesiástico3.
1 A. Molina - E. Olmos, Legistoción ectesiástica, Madrid 1995, 104-39. 2 Empleamos Ia expresión certificación eclesiástica para referirnos las certificaciones que han sido emitidas por autoridades confesionales a requerimiento de una ley estatal. De ahí que se distingan de las certificaciones confesionales, cuyo valor quedaría limitado al ámbito de Ia propia Confesión, y las certificaciones eclesiásticas, que aunque tienen el mismo sujeto ernisor, despliegan su eficacia ante el Estado. 3 El tema de Ia eficacia jurídico civil de las certificaciones confesionales fue tratado por Ia doctrina italiana con referencia a Ia Iglesia Católica. Vid. O. Giacchi, 'L'ordinamento della Chiesa nel diritto italiano attuale', en AA.W., Chiesa e Sialo, lì, Milano 1939; Il Gismondi, 'Il potere di certificazione della Chiesa nel diritto italiano', en Annali dell'Università di Macerata, Milano 1943; A. Consoli, L'atti-
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