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EL LIBRO BECERRO DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA En el Archivo diocesano de Salamanca se conserva un legajo, que carece desgraciadamente de signatura y foliación, relativo a un pleito entre el obispo de Salamanca, don Jerónimo Manrique (prom. 9-I-1579/t 19-11-1593), y don Francisco Gasca Salazar, maestrescuela de Ia Iglesia catedral en Ia Universidad de Salamanca. Los documentos conservados en este legajo, todos del año 1586, se refieren a una fase del citado pleito que pendía en Corte Romana ante Juan Bautista de Rubeis, auditor de Ia Rota y juez de Ia causa. El legajo no interesa tanto por el contenido mismo del pleito, cuanto por los datos que indirectamente nos proporciona sobre diversos documentos y hechos de Ia institución universitaria salmantina. En cuanto al pleito, digamos tan sólo que se trataba de et super jurisdictione omnium causarum tam civilium quam criminalium scholarium eiusdem studii et Universitatis scdamantinae eiusque personae [scil. del maestrescuela] exemptione rebusque aliis, como se dice en Ia bula en pergamino de De Rubeis de fecha 24-III-1586 que encabeza el legajo. El tema era viejo en Ia historia de Ia Universidad de Salamanca, pudiendo decirse que había estado presente prácticamente en todas las etapas de su larga existencia, por Io menos desde las Constituciones de 1411 del papa Benedicto XIII. En efecto, el maestrescuela se enfrentó, por razón de sus amplias competencias judiciales, con todas las jurisdicciones imaginables: con Ia de los conservadores pontificios, con Ia del metropolitano de Santiago de Compostela, con Ia del obispo diocesano, con Ia de Ia justicia real, con Ia de Ia inquisición, etc. No vamos a insistir en ello, porque el tema es sobradamente conocido para todos los estudiosos de Ia historia universitaria sahnantina. Con todo sí querernos llamar Ia atención sobre un aspecto que quizá no es tan conocido, reflejado también en los folios de nuestro legajo, que es Ia jurisdicción de Ia audiencia escolástica sahnantina sobre temas matrimoniales de los escolares del Estudio. Precisamente en los autos del pleito entre el obispo Manrique y el maestrescuela Gasca queda profusamente reflejada esta insólita faceta de Ia jurisdicción del maestrescuela. A nadie se Ie escapa que el decreto del Tridentino sobre Ia forma del matrimonio y las disposiciones complementarias del mismo concilio habían de provocar forzosamente roces entre las distintas jurisdicciones. Y también los provocó con Ia jurisdicción escolástica. Y por Io que leemos en nuestro legajo, por los años 80 del siglo XVI todavía no se había llegado a una solución satisfactoria del problema jurisdiccional. Pero, como decíamos, no es el pleito el objeto directo de estas páginas,
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