|
ACERCA DE ALGUNAS NOTAS ESPECIFICAS DEL DERECHO Y DEBER CONYUGAL Las recientes discusiones sobre Ia esencia del matrimonio en el ámbito jurídico \ dejan a primera vista un tanto perplejo al observador. ¿Es posible que después de tanto tiempo de investigación teológica, moral y canónica en torno al tema, exista todavía tamaña disparidad de opiniones en torno a aspectos tan fundamentales de él? 2. Quien se escandalizara demasiado precipitadamente como ante un contrasentido podría ser tranquilizado con un buen número de razones; y desde luego con una sola de mucha fuerza: en cualquier materia las más prolongadas y más abiertas disputas entre especialistas tratan siempre de los puntos más elementales y comunes, que, además, resultan de trascendental importancia en Ia interpretación de los restantes y en el establecimiento de conexiones con las disciplinas afines (así el tema del ser para Ia filosofía primera ; o de Ia materia para Ia física ; Ia belleza para Ia estética ; Ia verdad para Ia lógica; Ia justicia para el derecho...). Que el matrimonio sea una realidad fundamentalísima en Ia vida y en Ia historia del hombre y de Ia cultura es un dato comúnmente admitido. Y volver sin cesar a sus constitutivos esenciales para hacerlos objeto de observación y reflexión incesante un quehacer que no admite interrupciones. Porque sucede además que aquellas características que sostienen y explican este singular instituto en su más profunda raíz, por creerse intuitivamente claras y pacíficas hayan sido supuestas por toda otra construcción
1 De ellas es exponente de algún modo panorámico, si no completo, Ia obra L'Amore Coniugale (Ed. Vaticana, 1971) y Ia bibliografía que en ella se recoge. 2 Una de las páginas más bellas del Evangelio puede dar Ia medida de Ia trascendencia y significado de estas discusiones y de Ia necesidad de no dejarlas nunca de lado por muy elementales y pacíficamente admitido que parezca el núcleo central de ellas. Cuando San Lucas refiere Ia parábola del Buen Samaritano Ia introduce con un diálogo previo que se diría desconcertante: "Se levantó un jurista y dijo para tentarle: —Maestro, ¿qué he de hacer para tener en herencia Ia vida eterna? El Ie dijo: —¿Qué está escrito en Ia Ley?, ¿qué lees? —Respondió: 'Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma, con todas tus fuerzas y con toda tu mente y a tu prójimo como a ti mismo'. Díjole entonces : —Bien has respondido. Haz eso y vivirás. Pero él quiso justificarse y dijo a Jesús: —Y, ¿quién es mi prójimo?" (Lc. 10, 25-29). Es decir, que un jurista, maestro de Ia Ley, se atreve a reconocer que Ia palabra "prójimo" está en Ia segunda línea de Ia Ley y admite, sin reparar en Ia paradoja, que ignora su contenido, pues requiere, él, especialista, para que se Io explique a ese extraño predicador que está fuera del magisterio oficial. ¿No es cierto que los juristas de Ia Iglesia, a quienes desde hace tantos siglos se ha confiado el estudio del matrimonio, debiéramos tener muy presente esta enseñanza para no descuidar nunca Io que es fundamental en esta labor? La páginas que siguen intentan servir de justificación y estímulo a tal esfuerzo.
|