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ORGANIZACIÓN DEL APOSTOLADO SEGLAR
Parece algo paradójico tratar de Ia organización del apostolado seglar en una reunión de canonistas, puesto que el Código de Derecho Canónico poco dice tocante al apostolado seglar. El florecimiento del apostolado seglar ha aparecido en Ia Iglesia después de Ia promulgación del Código y, por ello, no es de extrañar su silencio sobre el mismo. Como en tantas cosas, aquí Ia vida se ha adelantado a Ia ley. Esperemos que el Concilio formule Ia doctrina sobre el apostolado seglar y Ia Acción Católica, y que el Código, que de él nazca, fije sus normas prácticas en sendos cánones. Para el canonista es, con todo, siempre interesante el conocimiento de este sector tan amplio y activo de Ia vida de Ia Iglesia, a Io menos en sus grandes líneas organizativas, en sus conexiones con Ia autoridad jerárquica y lós problemas jurídicos generales que esta relación suscita.
EL PUNTO DE VISTA GEOGRÁFICO
Geográficamente las organizaciones apostólicas se desarrollan en una gradación de planos cada vez más amplios. Se inician en Ia parroquia y los centros que constituyen son parroquiales, dependiendo directamente del Párroco. Pero a veces estos centros locales son superparroquiales o extraparroquiales por reunir miembros de varias parroquias; dependen, por ello, directamente solo del organismo diocesano correspondiente. Estos centros encuentran su unidad superior inmediata en los correspondientes organismos diocesanos, es decir, en Ia organización diocesana, que depende inmediatamente del respectivo Prelado. Pero como en un país muchos de los problemas del apostolado son nacionales, Ia acción de los organismos diocesanos se coordina y orienta por medio de organismos nacionales, dependientes del episcopado de Ia nación o del órgano que, de acuerdo con Ia Santa Sede, Ie representa, y que en España es Ia Conferencia de Metropolitanos, constituida en Junta Suprema del Apostolado Seglar. Pero ni esto basta. Como ya dijo Pío XII en 1947, en su Mensaje a Ia J. O. C. del Canadá, "las cuestiones del apostolado deben ser consideradas desde el punto de vista internacional". Y ello por varias razones: por Ia internacionalidad de sus problemas; por Ia subordinación de algunas de sus soluciones a Ia decisión de los organismos internacionales de Ia ONU ; por Ia necesidad de ayudar a Ia formación o al crecimiento de las organizaciones nacionales en los países menos desarroUados.
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