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REFORMA DEL PROCEDIMIENTO EN LAS CAUSAS DE BEATIFICACIÓN Y CANONIZACIÓN
(Motu propio «Sanctitas clarior» de Pablo VI, 19 de marzo de 1969; AAS 6i, 1969, p. 149).
M. CABREROS DE ANTA
El presente Motu propio de Pablo VI lleva un breve proemio en el que se destacan algunas ideas, tomadas principalmente de Ia Constitución «Lumen gentium» del Vaticano II, acerca de Ia santidad, nota prestantísima de Ia Iglesia, a Ia que íntimamente se unen otras propiedades esenciales que enaltecen y distinguen a Ia verdadera Iglesia de Cristo. Una santidad cada día más preclara y más alta, se dice en las primeras palabras del proemio, es Ia declaración y significación del misterio de Ia Iglesia. En Ia vida de aqueJlos que, siendo hombres como nosotros, se transforman con mayor perfección en imagen de Cristo (2 Cor 3, i8), Dios manifiesta al vivo entre los hombres su presencia y su rostro (Lumen gentium, n. 50). Por eso, Ia Iglesia, al mismo tien>po que se esfuerza en promover Ia santidad de todos los fieles, nunca ha cesado de proponer ante ellos los verdaderos ejemplos de santidad. Ahora quiere también Ia Iglesia acomodar a nuestros tiempos las normas canónicas que sucesivamente fueron estableciéndose, con el fin principal de que, aunada Ia suprema autoridad del Sumo Pontífice con Ia autoridad de los Obispos, las causas de beatificación y canonización de los Siervos de Dios puedan ser instruidas más perfectamente y con mayor expedición.
i. La Colegialidad Episcopal en las causas de beatificación
Una actuación nueva y eminente de Ia Colegialidad Episcopal es Ia que ahora nos ofrece Su Santidad Pablo VI al admitir una participación destacada de Ia potestad episcopal en las causas de beatificación y canonización. Según Ia legislación vigente y Ia de muchos siglos antes, es decir, desde el
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