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REDC 56 (1999) 601-629
LAS FUNDACIONES CANÓNICAS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL: ALGUNAS CONSIDERACIONES
1.
INTRODUCCIÓN
La Ley sobre Fundaciones e Incentivos Fiscales a Ia participación privada en actividades de interés general, promulgada hace algunos años en nuestro país ', colmó una clara laguna jurídica que el ordenamiento civil español tenía en esta materia, puesta de manifiesto unánimemente por Ia civilistica española y cuya regulación se veía cada vez más necesaria tanto por el cúmulo de normas existentes sobre el particular, sin una clara armonización entre ellas, como por las diferentes circunstancias sociales y políticas que estaban exigiendo una correcta adecuación del marco jurídico español a estas realidades sociales, cada vez más en auge. En efecto: Ia misma Ley Io reconoce en su exposición de motivos al señalar que 'la necesidad ineludible de actualizar Ia legislación sobre fundaciones viene determinada, de un lado, por el artículo 34 de Ia Constitución, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general con arreglo a Ia Ley, y, de otro lado, por Ia importancia que en Ia vida social ha adquirido el ejercicio del indicado derecho de Fundación... A esta necesidad se une otra, también actual pero no estrictamente jurídica, cual es Ia de estimular Ia iniciativa privada en Ia realización de actividades de interés general...'. Se pretende, en suma, dotar al campo de las actuaciones altruistas de una base jurídica fomentadora y ajustada a Ia actual demanda que Ia sociedad presenta 2. Y además de los argumentos del mandato constitucional y de Ia importancia que tiene Ia participación de Ia sociedad en estas tareas
1 Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a Ia Participación privada en Actividades de Interés General (BOK, n." 282 de 25 noviembre 1994). Con anterioridad a Ia misma, el Gobierno había presentado el Proyecto de l,ey (121/000025) de fundaciones y de incentivos fiscales a Ia participación privada en actividades de interés general, in: Boletín Oficial de las Corles Generales. Congreso de ¡os Diputados, 7 de diciembre de 1993. n." 39-1 2 Ley de Fundaciones: exposición de motivos, n." 1.
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