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REDC 55 (1998) 695-722
MATRIMONIO RELIGIOSO Y DELITO ESTATAL DE BIGAMIA l
I.
PLANTEAMIENTO
Entre los cultivadores del Derecho Eclesiástico del Estado es tan frecuente encontrar estúdios sobre el sistema matrimonial español como significativas ausencias de las posibles implicaciones penales en que puedan verse incursos matrimonios de base confesional. No causaría tal situación extrañeza —aunque se reconozca que el tema no escapa a nuestra competencia 2—, si no fuera porque tampoco son numerosos los trabajos que a Ia materia se han dedicado por civilistas y penalistas 3.
1 Aunque Ia denominación está sometida a discusión, utilizamos este término y no el de matrimonio ilegal, por ser éste comprensivo de otras figuras delictivas, además de Ia de bigamia; y sobre todo porque es usual en Ia práctica forense. Se ha llegado a señalar que igualmente podría ser -biandria- (L. Rodríguez Ramos, in: AA. W., Manual de Derecho Penal, parte especial, Madrid 1990, 283), y más generalizado está el que se Ie denominara -poligamia-. Vid. al respecto, entre otros: M. R. Diego Díaz-Santos, Los delitos contra lafamilia, Madrid 1973, 241; S. Mir Puig, 'Matrimonios ilegales en el Código Penal', in: Anuario de Derecho Penaly Ciencias Penales, 27, 1974, 436; J. M. Rodríguez Devesa, Derecho Penal Español, parte especial, 14 ed. revisada y puesta al día por A. Serrano Gómez, Madrid 1991, 270; M. Bajo Fernández, en su libro con J. Díaz-Maroto y Villarejo, Manual de Derecho Penal, parte especial, 2." ed., Madrid 1991, 322. 2 Ya en 1968, y como fruto de una labor recopiladora de muchos años antes, Portero Sánchez recogía en su libro Jurisprudencia estatal en materia eclesiástica, el tema del delito civil de bigamia como materia propia de nuestra especialidad jurídica, habiéndose incluso ocupado del tratamiento doctrinal de algunas de estas sentencias. Vid. L. Portero Sánchez, 'Sobre el delito de bigamia', in: Revista Española de Derecho Canónico, 14, 1959, 495-500; Ii>., 'El matrimonio civil de los católicos ante el Derecho Penal', in: Revista Española de Derecho Canónico, 18, 1963, 207-14. Con anterioridad: L. del Amo, 'Los matrimonios civiles y el delito de bigamia', in: Revista EspañoUi de Derecho Canónico, 10, 1955, 287-323. Asimismo, en varios de los trabajos de recopilación legislativa de nuestra disciplina, se incluyen Ios preceptos que tipifican penalmente los delitos de matrimonios ilegales. Vid. al respecto, entre otros: A. Bernárdez Cantón, Legislación eclesiástica del Kstado, Madrid 1965, 606; AA. W. y. M. González del Valle, Coordinador), Compilación de Derecho Eclesiástico español (1816-1986), Madrid 19H6, 333; J. M. Contreras Mazario, Leyes Eclesiásticas del Estado, Pamplona 1994, 699 s.; A. Molina Meliá M. E. Olmos Ortega, Legislación Eclesiástica, 9.a ed., Madrid 1997, p. 299. 3 Aparte de los manuales, que lógicamente, al pretender Ia totalidad en el tratamiento de los delitos, deben necesariamente referirse al de matrimonios ilegales, llama Ia atención Ia penuria de
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