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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Diálogo Ecuménico > 1968, tome 3, #11 > Pages 303-312. El motu proprio "Episcopalis Potestatis": ¿un avance ecuménico?
El motu proprio "Episcopalis Potestatis": ¿un avance ecuménico?
Madey, Jean
BL MOTU PROPRIO «BPISCOPÄLIS POTBSTATIS» ¿UN AVANCB ECUMENICO? DR. jEAN MADEY Cuando publicó Ia Santa Sede el Motu Proprio de S. S. Pablo VI, De Episcoporum muneribus, con fecha del 15 de junio de 1966 \ muchos obispos orientales y con ellos gran número de ecumenistas pensaban que este documento no concierne más que a los obispos de Ia Iglesia latina. Una vez más, el Papa ha mostrado claramente que sus funciones de Patriarca de Occidente son distintas de sus funciones como Primado y Supremo Pontífice de Ia Iglesia Universal: hecho muchas veces olvidado en Occidente. Se esperaba entonces con impaciencia Ia publicación de un documento relativo a los obispos de las Iglesias Católicas Orientales, es decir, las Iglesias no latinas en comunión con Ia Iglesia de Roma. Cosas muy bellas habían sido dichas en los documentos conciliares sobre el ecumenismo y las Iglesias Católicas Orientales en plena comunión con Ia Iglesia de Roma, y las Iglesias Orientales todavía separadas de nosotros. Estos dos documentos conciliares, que tienen una importancia concreta para el porvenir de Ia Iglesia Universal, nos dicen que Ia Iglesia Católica estima mucho todas las tradiciones legítimas de Ia Iglesia, y por tanto Ia disciplina, Ia litúrgica y el pensamiento teológico tal como se expresan en Oriente, heredero de Ia predicación apostólica, Io mismo que en Occidente. Todas las tradiciones gozan del mismo valor, y ninguna tiene preeminencia sobre Ia otra. Los Padres del Concilio Vaticano II han decidido casi por unanimidad que los tesoros de las Iglesias Orientales quedaran 1 A.A.S. 58 (1966) 467-472. 303
https://doi.org/10.36576/summa.1354
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