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TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE PRIMERA INSTANCIA DE SEVILLA NULTOAD DE MATMMONIO (BVIPEDBlENTO DE UGAMEN)
Ante el M. I. Sr. D. Adrián González Martín
Sentencia de 15 de febrero de 1993*
SUMARIO: I. Antecedentes: 1. Matrimonio atentado por los contrayentes, descubrimiento del matrimonio anterior al notificarlo al párroco del bautismo, acusación de oficio de Ia nulidad, comisión rogatoria, y conclusiones del defensor del Vínculo. II. Fundamentos de derecho: 2. El impedimento de ligamen. 3- El proceso documental: constatación documental del ligamen, inatacabilidad del documento, sumariedad del proceso. 4. Notas de audiencia del juez francés. III. Fundamentos de hecho. 5. Los documentos reúnen las condiciones del proceso sumario. 6. Consta Ia existencia del matrimonio anterior del esposo. 7. Consta que vive Ia primera esposa. 8-9. El primer matrimonio no fue declarado nulo ni disuelto por otros medios. 10. Consta Ia nulidad del segundo matrimonio. I. ANTECEDENTES 1. D. V y Dña. M atentaron (según se pondrá de manifiesto después) contraer matrimonio canónico en Ia parroquia de Nuestra Señora de Ia Purificación de Cl (Diócesis de Badajoz) el día 24 de agosto de 1985. Remitido el correspondiente aviso a Ia parroquia de Ia Inmaculada Concepción de C2 (Diócesis de Montpellier) en cumplimiento de Io preceptuado en el canon 1122 § 2 del Código de Derecho Canónico, en ésta se constata que el Sr. V
* Un francés, casado canónicamente y divorciado civilmente, desea contraer nuevo matrimonio con una española. Conscientes ambos de que ante Ia Iglesia no podían contraer nuevas nupcias por el impedimento de vínculo existente, y también de que para Ia familia de ella sólo sería aceptable un matrimonio canónico, deciden falsificar el expediente matrimonial y atentan matrimonio canónico en un pueblo de Extremadura. La pareja parece actuar con una cierta buena fe, cosa un tanto inverosímil después de las consultas hechas a varios sacerdotes. La notificación de este matrimonio al párroco del bautismo del esposo descubre todo el asunto, y el promotor de justicia pide Ia nulidad del matrimonio que se tramita por medio del proceso documental.
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