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TRIBUNAL DEL OBISPADO DE SEGORBE-CASTELLÓN NULIDAD DE MATWMONIO (EXCLUSIÓN DE ELEMENTOS ESENOALES DEL MATWMONIO) Ante el Excmo. Sr. D. Vidal Guitarte Izquierdo Sentencia de 28 de mayo de 1991*
SUMARIO: I. Relacióndeloshechos: 1. Matrimonio,personalidaddelosesposos,demandaytramitación del proceso. II. Fundamentos de derecho. 2. Qué hay que entender por matrimonio. 3-4. El «ius ad communionem vitae»: sus elementos esenciales. 5. Incidencia de Ia exclusión del «ius ad communionem vitae» en el consentimiento matrimonial. 6. En cuánto al derecho al acto conyugal. 7-8. Exigencias de carácter interpersonal del matrimonio con relación al derecho al acto conyugal. III. Fundamentos de hecho: 9. La incapacidad del esposo para el acto conyugal. 10. Sobre Ia exclusión de Ia obh'gación del débito conyugal. 11. Actitud del marido con Ia esposa, remitiéndose el defensor del vínculo al faUo del tribunal. 12. Conclusiones. Rf. Parte dispositiva: 13. Consta Ia nulidad.
I. RELACIÓNDELOSHECHOS 1. Estos esposos contrajeron matrimonio canónico en Cl (Gerona), el 6 septiembre 1987. Fruto del matrimonio es una hija (fols. 9, 10). a) Se trata de dos jóvenes muy reHgiosos —él después cambió en esta materia— y pertenecientes a dos famÜias comprometidas en movimientos católicos y eclesiales, y con una formación y vivencia firmes acerca del sentido religioso del
* La decisión declara nulo el matrimonio por exclusión por parte del esposo del derecho al acto conyugal y del derecho a Ia comunidad de vida. Se trata del caso penoso de un joven con trastornos psíquicos, incapaz para una relación sexual normal, que consuma el matrimonio con dificultad una sola vez y de Ia cual nace una hija. Este hombre negaba por completo el débito conyugal convencido de que ejercía un derecho que sólo a él correspondía, y que no tenía que compartir. No se sentía obHgado al débito y creía tener derecho a negarlo. Además carecía de apetencia sexual, y mostraba total aversión hacia Ia esposa, a Ia que daba un trato odioso. Se Ie prohibe el paso a ulteriores nupcias.
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