El marido solicita deckiración de nulidad de su matrimonio. La esposa pide subsidiariamente separación. En Za sesión de litiscontestación el Juez admite a trâmite Ia demanda de separación y ordena que, por economia procesal, sea sustanciada simultáneamente y en pieza única con Ia de nulidad. Luego, a petición del marido, se amplía Ia fórmula de dudas añadiendo al ategado capítulo de simuíoción otro nuevo de incapacidad para asumir los deberes conyugates. Ahora Ia esposa pide el desglose de los autos que se refieren a Ia separación de modo que constituyan un cuerpo autónomo; y que Ia causa de separación se resuelva sin esperar a Ia larga tramitación del proceso de nulidad. El marido se opone a esa petición. Graves y difíciles son los problemas de procesales con los que ha tenido que enfrentarse el Provisor de Santiago de Composteki don Manuel Calvo, ponente en estos autos, los cuales terminan decretando que se defina Ia causa de separación sin esperar a tener resuelto el pleito de nulidad por sentencia firme. En el sumario que, como de costumbre, precede al texto del Decreto es tán insinuados esos problemas. No dudamos que de que los lectores estimarán este estudio que se ocupa de un temario importante y poco común en el foro y por tanto en Colectánea.
|