Esta sentencia "coram" García López en Ia que tan claramente queda probada Ia nulidad del matrimonio por exclusión del bien de Ia prole, como corrobora, a su vez, el decreto confirmatorio de Ia Rota de Ia Nunciatura, llaman Ia atención dos hechos: el que se haya tramitado con anterioridad un innecesario proceso de separación conyugal -con resultado, además, adverso para Ia actriz-, y el rechazo inicial de Ia demanda de nulidad por el Tribunal Eclesiástico. Quizá nos encontramos ante un caso más de Ia timidez con que proceden algunos patronos en Ia proposición de las causas de nulidad, y de las deficiencias con que a veces se redactan los libelos/ hasta el extremo de que lleguen a ser rechazados por el tribunal por fal^ ta del debido "fumus boni iuris". El Ponente hace una buena exposición de los principios de derecho aplicables al caso, y un minucioso y sistemático análisis de Ia prueba testifical presen tada por Ia parte actora.
|