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F STUDIOS : jERÓNiMO BoRRERo ARiAS (Profesor cn Ia Facultad de Derecho de Sevilla): La prohibición de adoptar impuesta a los eclesiásticos en el Derecho español. A) Razón del tema.—B) La prohibición de adoptar en el Código de Derecho Canónico.—C) La prohibición en el Derecho civil español.— 1. Antecedentes históricos.2. Fundamentos de Ia prohibición.—3. Significación del término "eclesiásticos" en Ia primitiva redacción del Código civil y en Ia reforma de 24 de abril de 1958. 4. La prohibición en Ia Ley vigente de adopción.— a) El tema en Ia elaboración de Ia Ley.b) La prohibición en Ia actual normativa del Código civil y su comparación con Ia disciplina anterior, c) Nuevas observaciones sobre el ámbito del art. 172, p. 5, l.° del Código civil.—D) Alcance del término en el vigente Concordato entre Ia Santa Sede y España.E) La prohibición de adoptar respecto dc clérigos y religiosos en situaciones especiales. MARIANO LÓPEz ALARCÓN (Catedrático en Ia Universidad de Murcia): La cláusula política en el Derecho concordado español. SuMARio: I. Introducción. II. La provisión de los oficios eclesiásticos conforme al Derecho canónico. -III. La intervención del Estado en Ia provisión de oficios eclesiásticos. -IV. La decadencia de Ia intervención estatal y arraigo de Ia fórmula residual de Ia prenotificación oficiosa. V. Ius praenotificationis officiosae.- VI. La cláusuia política.—VII. Efecto de Ia formulación de objeciones de carácter político. VIII. La prenotificación y Ia cláusula política en el Derecho concordado español vigente.
DOCUMENTOS Y COMENTARIOS: LEÓN DEL AMO PACHÓN (Auditor de Ia Rota de Ia N u n c i a t u r a Apostólica en M a d r i d ) : Las causas matrimoniales en Ia actualidad. Alocución de Pablo VI a Ia S. Rota Romana. 28 enero de 1978. En 28 de enero de este año de 1978 S. S. el Papa Pablo VI dirigió una Alocución al Tribunal de Ia S. Rota Romana en Ia que exhortaba a administrar justicia con competencia y con celo. Con esta ocasión el Papa se refiere a Ia introducción en Ia Iglesia de algunas prácticas procesalmente incorrectas. Mons. del Amo comenta estas observaciones papales. entre las que destacan las referentes a las innovaciones procesales, las concesiones pontificias a algunos países que han sido utilizadas para vio!ar Ia ley procesal, los fraudes sobre domicilio o residencia estable, Ia utilización de capítulos de nulidad de matrimonio no autorizados por Ia ley canónica o no conforme con el Magisterio pontificio, e' abuso de Ia doctrina conciliar y otras corruptelas semejantes. jEAN PETRiTAKis: Modificaciones de Ia Iglesia de Grecia. recientemente introducidas en Ia carta fundamental
Por ley 590/1977 se ha promulgado una nueva Carta fundamental de Ia Iglesia de Grecia, basada en el Decreto legislativo 136/1969 que introduce ciertas modificaciones
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