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TRffiUNAL DE LA ARCfflDIOCESIS DE BARCELONA NULIDAD DE MATRIMONIO (INCAPACIDAD DE ASUMIR LAS CARGAS) Ante el M. I. Sr. D. Malaquías Zayas Sentencia de 20 de julio de 1985 (*)
Sumario: I. Resumen de hechos alegados: 1-2. Demanda del varón y hechos aducidos. 3. Previa sentencia negativa de separación. 4-6. Fallecimiento de k madre del esposo, demanda, sumisión de Ia esposa a Ia justicia del tribunal, y dubio concordado.—II. Fundamentos de derecho: 7. Doctrina conciliar sobre el matrimonio. 8. Incapacidad para contraer por anomalías de Ia personalidad. 9. Sentido y akance del 'consortium totius vitae'. 10. La comunidad de vida y las relaciones interpersonales en Ia Jurisprudencia. 11. Raíces psíquicas de Ia incapacidad de asumir las cargas conyugales.—III. Pruebas de los hechos: 12-13. Autos del proceso de separación y testimonio de Ia mujer que convive con el actor. 14. Comprobación de: A)La dependencia madre-hijo según los litigantes. B)Si tal dependencia incapacitó al esposo para contraer: actitud de ambos esposos en el proceso de separación y el de nuUdad, prueba testifical y pericial. 15. Conclusión sobre Ia incapacidad del actor para asumir los deberes esenciales del matrimonio. 16. Reticencias de Ia esposa.—IV. Parte dispositiva: consta Ia nulidad.
I.—RESUMEN DE HECHOS ALEGADOS 1. Con fecha 30 de marzo de 1984 fue admitida formalmente a trámite Ia demanda interpuesta por el varón actor el anterior día 16 del mismo mes de marzo. 2. Según el libelo de demanda, Ia sucesión resumida de hechos es Ia siguiente: V y M se conocieron aproximadamente un año antes del día en que después se celebraría Ia boda; Ia cual tuvo lugar en Ia Ciudad de Cl, Iglesia Parroquial de 11, el día 27 de abril de 1956. Fruto de ésta unión fue una hija nacida el día 30 de enero de 1957. ' Entre cl actor, hijo único de madre soltera, y ésta se produce una relación afectiva tan profunda, que ambos vienen a constituir como una sola persona. El apego o cariño del hijo por su madre llega a una especie de idolatría, con una sumisión y mediatizaaón tal que Ie hace anteponer el amor a su madre a todo, y que Ie crea una dependencia afectiva patológica insuperable. El matrimonio que contrae en esas condiciones Ueva ya, apenas transcurrido un año, a un proceso de separación, al que se opone y cuya decisión no acepta el esposo, y, muerta Ia madre, a Ia demanda de nulidad que es estimada por el tribunal pot k incapacidad del varón de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica.
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