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REDC 64 (2007) 309-338
Accusatio in scriptis semper fieri debet. A propósito del método de trabajo de y sobre «Graciano»
1. Introducción En 1999, Carlos Larrainzar comunicó el descubrimiento de una nueva redacción breve de la Concordia canonum discordantium, que se conserva en el manuscrito Sankt Gallen, Stiftsbibliothek 679 (= Sg); en su opinión, la obra que transmite este códice suizo no es una abbreviatio tardía y, al contrario, precede cronológicamente a todas las redacciones hasta el momento conocidas: la Concordia de los manuscritos Aa Bc Fd P Pfr y también al Decretum divulgado desde finales del siglo XII, que aproximadamente coincide con la edición de Emil Friedberg (edF). La división en sólo 33 causae, la presencia de glosas únicas de los tipos más antiguos, las rúbricas, así como la misma coherencia interna de la obra son alguno de los datos considerados para concluir que estamos ante el «borrador» del maestro «Graciano», la Concordia in status nasciendi muy próxima al «Ur-Gratian». Sin valorar en este momento las pruebas que sustentan la tesis central de aquel trabajo, precedido por otro sobre el códice Fd, pienso que su aportación más importante es la de haber mostrado que la obra pasó por distintas fases o etapas, más allá del reducido
Cf. C. Larrainzar, ‘El borrador de la “Concordia” de Graciano: Sankt Gallen, Stiftsbibliothek MS 673 (= Sg)’, Ius Ecclesiae 11 (1999) 593-666. Cf. C. Larrainzar, ‘El Decreto de Graciano del códice Fd (= Firenze, Biblioteca Nazionale Centrale, Conventi Soppressi A.I.402). In memoriam Rudolf Weigand’, Ius Ecclesiae 10 (1998) 421-89; entre otras cosas, allí explica cómo la antigua Concordia de Fd ocupa los fol. 1r-167v y fue copiada por la mano «A»; otra mano «B» transcribe la colección de «Adiciones boloñesas» en los fol. 104rb-167vb. La acción de la mano «G» —también del siglo XII— sobre los textos copiados por «A» y «B» es descrita en pp. 432-33 y en los §§ 1-4 del Apéndice II, con una relación completa de los textos adicionados (pp. 481-88). Cf. C. Larrainzar, ‘La formación del Decreto de Graciano por etapas’, ZRG Kan. Abt. 87 (2001) 67-83, donde distingue cuatro etapas: Exserpta de Sg (1142-1146), Concordia de Fd (1150), Decretum (1150) y, por último, la incorporación de paleae (1155-1165). He utilizado esta explicación de la redacción del Decreto por etapas para describir el proceso de incorporación de los textos romanos al Decreto: cf. J. M. Viejo-Ximénez, ‘La redacción original de C.29 del Decreto de Graciano’, Ius Ecclesiae 10 (1998) 149-85; ‘«Concordia» y «Decretum» del maestro Graciano. «In memoriam» Rudolf Weigand’, Ius Canonicum 39-2 (1999) 333-57; ‘«Gratianus magister» y «Guarnerius teutonicus». A propósito del «XIth International
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