|
Salmanticensis 49 (2002) 309-325
LA DIÓCESIS DE SALAMANCA EN 1600. LA RELACIÓN DEL OBISPO JUNCO DE POSADA
La Constitución apostólica Romanus Pontifex de Sixto V impuso a los obispos Ia obligación de Ia visita romana ad limina Apostolorum cada cuatro años y el llevar una Relación acerca de su diócesis. La Constitución está datada en Roma el 20 de diciembre de 1585 '. Tardaría algún tiempo en normalizarse tal obligación, no fácil de cumplir en aquellos tiempos por las dificultades del desplazamiento y Ia edad de muchos obispos. La primera Relación conservada en los Archivos Vaticanos corresponde al obispo Junco de Posada y resulta relativamente tardía. Hay que tener en cuenta que Ia diócesis estuvo vacante casi seis años, tras Ia salida del obispo Manrique. D. Pedro Junco de posada fue presentado para Ia sede en 1597 y nombrado obispo el 3 de abril de 1598. Nada sabemos acerca de su personalidad sino que, en 1601, se confiesa de edad longeva y con enfermedades, por Io cual autorizó al licenciado Arenas de Posada para que, en su nombre, diese cumplimiento en Roma a Ia visita y a Ia entrega del relativo informe 2. Éste, redactado en castellano, representa Ia visión que el obispo tenía de su diócesis, sin excluir algunos de sus puntos preocupantes.
1 Bullarium Romanum, Ed. Taurinensis, VIII, pp. 642-45. 2 P. Gauchat, Hierarchia Catholica Medii et recentioris Aevi, Münster 1935, "V, 300. Salamanca, Ia pomposa ciudad de Ia cultura, no dispone de un episcopologio medianamente aceptable, Io que no ocurre con Astorga, Ávila, Burgo de Osma o Sigüenza, por mencionar otras diócesis parejas. En su defecto, es muy apreciable el artículo «Salamanca», del benemérito D. Florencio Marcos, on el Diccionario de Historia de Ia Iglesia en España, IV, dirigido por Q. Aldea - T. Marín - J. Vives, Madrid 1975, pp, 2137-44.
|