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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1993, volumen 50, n.º 135 > Páginas 735-752. Nulidad de matrimonio (Incapacidad de asumir las obligaciones esenciales). Sentencia
Nulidad de matrimonio (Incapacidad de asumir las obligaciones esenciales). Sentencia
García Cerrada, Antonio
TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE ZARAGOZA DE SEGUNDA INSTANCIA NULIDAD DE MATRIMONIO (INCAPACIDAD DE ASUMIR LAS OBLIGACIONES ESENCIALES) Ante el M. L Sr. D. Antonio García Cerrada Sentencia de 16 de septiembre de 1992" SUMARIO: I. Resumen de los hechos: 1. Matrimonio, prole habida, divorcio y demanda de nulidad. 2. Citación, abogado de oficio para la esposa y fijación del dubio. 3. Prueba practicada y sentencia afirmativa. 4 . Paso a vía ordinaria y desarrollo del proceso en segunda instancia. 5. Incidente de pobreza de la esposa. II. Fundamentos de derecho: 6. La incapacidad de asumir como imposibilidad moral. 7. Dificultad e imposibilidad de asumir. 8. Incapacidad absoluta y relativa. 9. Incapacidad de asumir y objeto formal del matrimonio. III. Las pruebas de los hechos: 10 . Datos ciertos. 11. Tres períodos en el análisis de los hechos: A) El noviazgo. B) La convivencia durante diez años. 12. Causa inmediata de la ruptura. 13. Manera de ser de los esposos. 14. Actitud de los esposos. 15. Prueba pericial. 16. Valoración de la prueba. IV. Parte dispositiva: Revocación de la sentencia. L RESUMEN DE LOS HECHOS 1. El matrimonio canónico se celebró en la Parroquia I1 de C1 el día 1 de julio de 1963. De este matrimonio han nacido y viven tres hijos, nacidos respectivamente el 21 de septiembre de 1964, el 10 de abril de 1966 y el 24 de febrero de 1968. * A los veintisiete años de celebrado matrimonio, y a los cinco de haberse casado civilmente tras obtener el divorcio, el esposo pide la nulidad del matrimonio canónico, oponiéndose la esposa que lleva siete años conviviendo maritalmente con otro hombre. En primera instancia se declara nulo el matrimonio por incapacidad relativa de ambos esposos de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica. La sentencia de segunda instancia hace un estudio detallado de las circunstancias, forma de ser y actitud de los esposos, según aparecen en la prueba testifical y en las discrepantes pericias realizadas, y revoca la sentencia anterior declarando que no consta la nulidad.
https://doi.org/10.36576/summa.5795
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