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REDC 50 (1993 ) 251-278
EL CONCEPTO DE LAICIDAD Y SU EVOLUCIÓN EN EL DERECHO FRANCÉS
1.
PRESENTACIÓN
La laicidad es uno de los principios del Derecho constitucional francés', central en su modelo de Derecho eclesiástico que, al mismo tiempo, ha influido en otros ordenamientos como el nuestro, el cual, con términos más o menos precisos y con la particularidad de emparejarlo con la cooperación con las confesiones religiosas, asume aquél concepto. Fijar, pues, su signficado y los retos a que se enfrenta actualmente tiene el mayor interés. Su definición no es fácil pero podemos recoger lo que comprende, es decir, sus z mplicaciones jurídicas. Se han destacado dos corrientes que convergen en ella y que responden a las grandes líneas de las dos concepciones de la laicidad que se oponen en Occidente', a saber: 1) el Estado no debe mezclarse en asuntos de la fe revelada —ha de ser neutral—, su papel es el de unificar a la nación; la libertad de conciencia es la base detoda convivencia ciudadana, según expone Spinoza, uno de los teóricos de esta corriente; 2) el de una religión de Estado, con cierta consideración para la libertad de conciencias. Por esta ambivalencia de la laicidad se recurre al dios bifronte Jano, de la mitología romana, para representarla 4 .
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Aunque en la base de la laicidad estén ambas tendencias, es la primera, centrada en la neutralidad de los poderes públicos, la que ha predominado en la comprenSión del término, tal y como hoy se recoge en la Constitución. Dee ella se deducen
1 «La laicité est en effet un attribut fondamental de la .République, comme le rappel.le la Constitution de la V République en son 1.cr paragraphe; aussi fondamental que l'attribut démocratique ou l'attribute social» (B. Barret-Kri.egel, «La formation de l'esprit laique», H. Bost, éditeur, Genese et enfrux de la lakité. Artes du colloque de Alontpellier, 2-3 mars 1990 (Genéve 1990) 139); J. P. Durand, «Droit civil franÇais ecclésiastique es droit public ecclésiastique», .Droit canonique (París 1989) 526, n. 747 2 A estas concepciones se les ha llamado jacobina —cuando tiende a reemplazar la antigua religión por una nueva— y la puritana, presentada magistralmente por 1. Locke, que no se pronuncia sobre la cuestión (E. Fuchs, «Quelle morale pour une société pluraliste es laique?», H. Bost, éditeur, Ge.'nése enjeux..., 181 188).
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3 B. Barret Kriegel, o. c., 140 142. 4 Recurre a esta comparación: G. Sicard, «La laicité de jules Ferry», J. B. d'Onorio, directeur, La
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laïeité au défi de la modernité. Ades do X' Colloque national des ,furisles Catholique..s . París., 1142 novembre 1989, (París 1990) 98, y la obra citada H. Bost, éditeur, (AnOs si enkux..., en cuya cubierta aparece «janus le Laic» de P. Gibert.
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