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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1989, volumen 46, n.º 126 > Páginas 379-389. Disolución del matrimonio en favor de la Fe
Disolución del matrimonio en favor de la Fe
Abelairas Rodríguez, Leonardo
DIOCESIS DE LUGO DISOLUCION DEL MATRIMONIO EN FAVOR DE LA FE Ante el M. I. Señor Don Leonardo Abelairas Rodríguez, Instructor Concesión de 28 de febrero de 1986 (*) Sumario: 1. Species facti: 1-2. Matrimonio y sus antecedentes. 3. Actitud postnupcial de la esposa y ruptura de la vida en común. 4. Preces del orador, actitud de la esposa, instrucción del proceso por delegación del señor Obispo.—II. In jure et in facto: 5. Legitimación para el proceso. 6. Condiciones para la válida disolución del vinculo en favor de la fe y su cumplimiento en el caso. 7. Se cumplen también las demás condiciones requeridas por la Norma II. 8. Dudas acerca de la validez del matrimonio. 9. Otras condiciones exigidas. 10. Moralidad y credibilidad del orador. 11. Rigor procesal. 12. Se estima que puede otorgarse la gracia de la disolución.---III. Petición de la Congregación para que se complementen las actas.—IV. Antecedentes: 13-14. Medidas tomadas para completar las actas.---V. En cuanto a los hechos: 15. Credibilidad y moralidad del orador y de los declarantes en el suplemento de prueba. 16. Respuesta a las cuestiones indicadas por la S. Congregación. 17. Opin i ón de los sacerdotes de la parroquia del orador. 18. Se recomienda de nuevo la disolución. . -SPECIES FACTI 1. Don V y doña M contrajeron matrimonio canónico el día 21 de mayo de 1976 en la iglesia parroquial de P1 (fol. 6), de esta diócesis. No han tenido descendencia. 2. El orador, terminados sus estudios de medicina en España, realizados en la Universidad de Cl, se marchó a C2 (Inglaterra) con el fin de especializarse. En el hospital de la universidad inglesa prestaba sus servicios como enfermera doña M y, por razones de trabajo, comenzarn a relacionarse, relaciones que día a día iban en aumento. Don V no pensaba en el matrimonio, pero ella propuso la celebración del matrimonio insistentemente. Comenzó el orador a plantearle las exigencias que conlleva el matrimonio canónico pensando que ella desistiría de sus pretensiones dada su condición de no bautizada y su forma de pensar. Don V se había educado en el seno de una familia católica y sus creencias religiosas le obligaron a exigir a su novia que tenía que comprometerse a la celebración del (*) Es un caso de disolución del vinculo en favor de la fe, de un matrimonio contraído con dispensa del impedimento de disparidad de cultos entre parte católica y parte no bautizada, para contraer con parte católica. Se trata de un caso claro a pesar de la extraña oposición de la esposa, en el que aparece de manifiesto —por el complemento instructorio que solicita— la seriedad y meticulosidad con que procede en estos casos la Congregación para la Doctrina de la Fe. Por otro lado hay datos reveladores de la nulidad radical del matrimonio disuelto.
https://doi.org/10.36576/summa.5590
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