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LAS FACULTADES ESPIRITUALES EN EL SISTEMA PENAL
(ASPECTOS ACTUALES Y DE JURISTAS CLASICOS ESPAÑOLES, PRINCIPALMENTE CANONISTAS)
Sin duda, el retraso tan lamentable de España en el progreso cientifico de los siglos xvii y xviii, que no deberá nunca exagerarse, nos ha salvado de errores en algunos campos de la ciencia, y acaso en el Derecho penal, en algunos puntos se puede encontrar el fruto más sano que en otras partes; uno de cuyos aspectos queremos considerar en estas lineas. Una moderada presentación de caracteres criminológicos, de circunstancias personales y ajenas, de elementos fisiológicos y psicológicos, quo aporten su luz a los problemas penales, debe ser tan atendible que lo contrario equivaldría a colocarse en un campo extraterreno y extrahumano, y, por tanto, inválido ante la condición del hombre. Es esto un postulado de la ciencia y un resultado satisfactorio, como a nadie se oculta,, de invesftigaciones obtenidas tras duras experiencias y estudios. Merece este avance en llegar en el campo penal a la más profunda raíz del hombre todo el caluroso aplauso que deba tributarse a do más noble. Sin embargo, el llegar a una grave extralimitación en ese mismo terreno, atribuyendo ia. acción humana a una mera conclusión de una psicopatía más o menos acentuada—pongo por caso seria tal vez ir a parar ail extremo contrario de haberse quedado en 'la superficie sin llegar a la verdad principal del hombre. La Filosofia clásica, bajo los frias y añejos pergaminos, llenos de sabios principios, a través de años y siglos ha conservado como invulnerables los dos puntos-ejes del ser racional: inteligencia y voluntad. Nadie negará que podrán éstos estar desquiciados no raras veces, ni se negarán tampoco otras anormalidades no infrecuentes en los mismos; pero seria absurdo pensar que la mayoría de las veces carecen de sus fundamentos esendales.
Presupuestos.
Acotemos en seguida el punto de vista que aquí se considera con dos o tres observaciones.
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