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REFLEXIONES SOBRE LA «JUSTICIA DE LOS REGÍMENES POLÍTICOS*
Para que pueda haber una discusión racional práctica efectiva no basta que Ia sociedad exista, se articule políticamente, sino que debe estructurarse en un régimen sensato. Sólo en un tal régimen es posible el intento de buscar Ia verdad y establecerla en el campo social en una medida que haga tolerable el vivir despierto. Qué sea un régimen sensato y cuáles los obstáculos para su existencia será Io que trataremos de atisbar en estas páginas. La articulación política es en buena medida un accidente histórico que no puede alcanzarse de acuerdo con un plan. Por ello, los regímenes adecuados para los diversos pueblos pueden variar de modo considerable. De aquí que Aristóteles proponga como objetos muy importantes de Ia investigación de Ia ciencia del gobierno cuál sea el origen de cada régimen, para saber cómo mantenerlo; y cuál sea el mejor régimen para cada sociedad, según sus circunstancias1. De aquí, también, que él dirija buena parte de sus fuerzas a hallar consejos para Ia conservación de los regímenes existentes entre las ciudades griegas de su tiempo, es decir, principalmente oligarquías y democracias. Estos consejos no son "ideológicos" en el sentido marxista, no pretenden ocultar unos intereses o unas relaciones de dominación o explotación, sin embargo, porque no están al servicio del poder, sino que se ordenan a corregir las políticas "partidistas", divisionistas, para orientar Ia acción hacia el bien común. En este punto, el principio básico del Estagirita es:
[...] todos los regímenes que tienen como objetivo el bien común son rectos, según Ia justicia absoluta; en cambio, cuantos atienden sólo al interés personal de los gobernantes, son defectuosos y todos ellos desviaciones de los
* Este trabajo presenta las ideas de parte de un capítulo contenido en un libro por publicar. Por limitaciones de espacio, no puede presentar entera Ia visión de Ia justicia distributiva que el autor endosa y cree vigente en cierta medida en toda sociedad. 1 Cfr. Política IV 1, 1288b21 y ss.
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